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La tasa de interés de créditos mayor a 28,03% es usuraria e ilegal
Publicado en fecha 18-06-2025

De acuerdo a la publicación del límite de tasa de interés, realizada por la Superintendencia de Bancos, el máximo que se puede cobrar en guaraníes es de 28,03% y de 10,59% en dólares. Tasas de interés superiores a estos límites son ilegales y consideradas usura. Es el límite correspondiente a este mes de junio.
La publicación se realiza de conformidad al artículo 1º de la Ley Nº 2.339/03, a fin de que las personas físicas o jurídicas que actúan en el mercado financiero y de crédito, ya sea con recursos financieros propios o del público, cumplan con las disposiciones legales vigentes en materia de tasa usuraria.
En caso de que exista transgresión, los afectados deberán recurrir a las instancias pertinentes para efectuar la denuncia. Asimismo, la Superintendencia de Bancos cuenta con un registro de las publicaciones mensuales, el cual está a disposición del Poder Judicial, y del público en general, en forma permanente.
Igualmente, ésta y otras informaciones pueden ser encontradas en el sitio web de la Superintendencia de Bancos http://www.bcp.gov.py.
Las bases para el cálculo están establecidas en la Ley 2.339 y es el promedio de las tasas de interés que los bancos y financieras pagan por los ahorros a la vista, a 180 días, a 365 días y más de 365 días.