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Funcionarios del Estado deben presentar declaración jurada ante el cambio de administración
Publicado en fecha 08-08-2023
La Secretaría de la Función Pública (SFP), en su carácter de ente rector de la gestión de personas del sector público, recuerda que ante el cambio de administración es obligatoria la presentación la Declaración Jurada de Intereses ante la Contraloría General de la República, dispuesto en el artículo 8º de la Ley N° 7089/2023.
Esta presentación debe realizarse conjuntamente con la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos, dentro de los 15 (quince) días de la toma de posesión del cargo y dentro de los 15 (quince) días del cese en el cargo.
La SFP realiza esta comunicación a las máximas autoridades de los Organismos y Entidades del Estado del Poder Ejecutivo, Entes Autónomos y Autárquicos, Empresas Públicas, Binacionales y todas aquellas citadas en el artículo 13 de la ley 7089.
La institución también menciona la Declaración N° 1263, de fecha 28 de junio del año en curso, emitida por la Honorable Cámara de Diputados: “Que recuerda tanto al Gobierno entrante como al saliente, así como a todas las autoridades electas y a aquellas que cesarán en sus funciones, la vigencia de la ley que cesarán en sus funciones, la vigencia de la Ley que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses en la Función Pública.â€
Finalmente, a la Resolución CGR Nº 1148/2023 – Por la cual se reglamenta la Ley N° 7089/23 »Que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de intereses en la función«.