Deudas impositivas del 2020 no tendrán recargo o interés

Publicado en fecha 30-12-2022
A través del Decreto N° 8634/2022, el Poder Ejecutivo prorrogó el plazo del Régimen Excepcional y Transitorio para la Regularización de Deudas Impositivas, hasta el 30 de junio de 2023.

Con esta medida, se establece un 0% de recargo o interés hasta el 30 de junio del 2023 para obligaciones tributarias vencidas de periodos fiscales mensuales y ejercicios fiscales cerrados al 31 de diciembre de 2020, referidas a Certificados de Deuda en gestión de cobro por parte de la Abogacía del Tesoro; Ajustes fiscales de Determinaciones tributarias y sanciones en trámite en sede jurisdiccional; Ajustes fiscales de Determinaciones tributarias y sanciones en procesos de gestión de cobro por parte de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), siempre que cuente con conformidad o allanamiento expreso del contribuyente.

Los interesados deberán abonar el monto total de la deuda o formalizar un plan de facilidad de pago la cual podrá realizarse hasta en 36 cuotas mensuales a una tasa de interés mensual del 0,75%, y excepcionalmente, hasta en 60 cuotas mensuales a la tasa del 1,1% mensual, siempre que el monto individualmente o en su conjunto supere los G. 1.000 millones.

Para el efecto, se debe remitir solicitud a abogacia@hacienda.gov.py, gestión_documental@set.gov.py,regionales@get.gov.py,cobranzasas_dgror@set.gov.py o cobranzas_dggc@set.gov.py según corresponda. Los interesados pueden acceder al modelo de nota para la solicitud en la web de Tributación.