Nuevo grupo de Víctimas de la Dictadura cobrará el próximo 31 de mayo

Publicado en fecha 24-05-2021
El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección Administrativa, informa que el próximo lunes 31 de mayo cobrará un nuevo grupo de Víctimas de la Dictadura, vía red bancaria del Banco Nacional de Fomento (BNF). Cobrarán aquellas víctimas directas que cuenten con Resoluciones de la Defensoría del Pueblo N° 225/2014 hasta la N° 770/2019, así como también las Resoluciones de la D.P. N° 494/15 y 1212/15; 615/2015 y 972/2017.

Las mismas fueron autorizadas para proceder al pago mediante las Resoluciones del Ministerio de Hacienda/Dirección Administrativa N° 88/2021, 90/2021 y 91/2021. Los beneficiarios deberán concurrir hasta la sucursal del microcentro del Banco Nacional de Fomento, ubicada en las calles Chile y Haedo de Asunción, de 08:00 a 13:00 horas. En el local se estará entregando y activando la tarjeta de débito de forma que los beneficiarios perciban las indemnizaciones correspondientes.

En el siguiente cuadro se observa el listado de beneficiarios: Ver aquí

Los beneficiarios deberán presentar la Cédula de Identidad Civil vigente para poder retirar sus respectivas tarjetas de débito. Además, las mismas serán entregadas única y exclusivamente a los beneficiarios de forma directa. Se recuerda también a los beneficiarios y a la ciudadanía en general que los trámites relativos al pago a Víctimas de la Dictadura son totalmente gratuitos.

Es importante mencionar que los pagos se realizan de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 434 del Decreto Nº 4780/2021 Anexo A “Guía de Normas y Procesos del PGN 2021”, aprobado por la Ley Nº 6672/2021, que señala: “A efectos del cumplimiento de la Ley Nº 838/1966 ‘Que indemniza a víctimas de violaciones de derechos humanos durante la Dictadura de 1954 a 1989’ y sus modificatorias. El Ministerio de Hacienda, a través de la Coordinación de Obligaciones Diversas del Estado, dependiente de la Dirección Administrativa, abonará durante el presente ejercicio y en base a la disponibilidad presupuestaria las indemnizaciones previstas exclusivamente en forma correlativa, conforme a la antigüedad de las Resoluciones dictadas por la Defensoría del Pueblo, priorizando aquellas indemnizaciones correspondientes a las víctimas directas”.