Saldos del IRACIS e IRAGRO deben trasladarse a través del Formulario N° 315

Publicado en fecha 17-02-2021
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió la Resolución General N° 81/2021 que dispone que, para el traslado o arrastre de los saldos a favor del contribuyente del IRACIS y del IRAGRO provenientes de pagos a cuenta o de retenciones, registrados en las obligaciones 111-IRACIS GENERAL, 144-IRACIS SIMPLIFICADO, 134-IRAGRO Régimen Contable y 135-IRAGRO PCR/MCR, el contribuyente deberá ingresar por única vez la “Solicitud de Traslado de Saldos” (Formulario N° 315) a través del Sistema Marangatu, utilizando su Clave de Acceso Confidencial de Usuario.

Antes de presentar dicha solicitud, los contribuyentes deben verificar las declaraciones juradas correspondientes a las obligaciones señaladas precedentemente, a fin de constatar los saldos disponibles que requerirá trasladar. En caso de corresponder la presentación de declaraciones juradas rectificativas, dicha acción deberá realizarse conforme a lo dispuesto en la Resolución General N° 67/2015 y la Resolución General N° 70/2015, en forma previa al registro de la solicitud de traslado de saldos.

El Formulario N° 315 “Solicitud de Traslado de Saldos” estará vigente hasta el 31/12/2021 y el contribuyente que no hubiese presentado dentro del plazo señalado, o requiera la actualización de la información consignada en el referido formulario, deberá presentar su solicitud a través de las mesas de entrada de la SET, adjuntando los documentos que sustentan la consistencia del crédito o saldo que requiera trasladar.

Para quienes deseen más información sobre cómo realizar la solicitud de traslado de saldos, se encuentra disponible en la página de la SET www.set.gov.py la “Guía Paso a Paso–Solicitud de Traslado de Saldos” en la sección Biblioteca Impositiva/Impuestos 2020/IRE. Además, pueden comunicarse a través de la sección “Contáctenos” en www.set.gov.py.