Contribuyentes deben solicitar por escrito para acceder a cero interés sobre deudas

Publicado en fecha 08-10-2018
Los contribuyentes que deseen acceder a los beneficios del Decreto N° 313/2018, que establece cero interés para todas las deudas impositivas vencidas al 31 de diciembre de 2017, deben solicitarlo por escrito. Para el efecto, deberán presentar una nota ante las mesas de entrada de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), o a la Abogacía del Tesoro, para certificados de deuda.

Para facilitar a los contribuyentes que puedan regularizar su situación, la Administración Tributaria ofrece un formato referencial que servirá como guía para realizar la solicitud. El modelo está disponible en la web de la SET www.set.gov.py o con directamente accediendo a https://bit.ly/2zTltE6.
 
Una vez recibida la solicitud, la SET a través de sus áreas de cobranza, analizará lo solicitado y contactará con el contribuyente o representante legal a los efectos de informar el resultado del análisis. En dicha comunicación el interesado también deberá confirmar la fecha de pago de la totalidad de la deuda o de la entrega inicial, en caso de facilidades de pago, para realizar los ajustes en la cuenta corriente tributaria. 

Asimismo, aquellos contribuyentes que requieran la reducción de multas por contravenciones ya generadas en su estado de cuenta, deberán abonar por cada una de ellas el valor de G. 50.000, en las Entidades Recaudadoras Autorizadas (ERAS) o por medio del pago electrónico de impuestos. Posteriormente deberá solicitar el ajuste por la diferencia en las oficinas de la SET, a través del formulario N° 10, que puede descargar de https://bit.ly/2zTltE6..

Por otro lado, se aclara que no se podrán aplicar los beneficios sobre las deudas que surjan de facilidades de pago que queden sin efecto o decaigan por incumplimiento durante la vigencia del Decreto N° 313/2018. Solo cuando se observe que todas las deudas registradas en su estado de cuenta superen la suma de G. 500.000.000, al momento de presentar su nota de adherencia a lo establecido en el citado Decreto, podrán ser beneficiados.

Los interesados en conocer más detalles sobre este régimen excepcional, pueden realizar sus consultas al Call Center (021) 417 7000, a los números telefónicos de las Oficinas Impositivas Regionales o a través de la sección “Contáctenos” de la web.