Reglamento del PGN 2017 incorpora reducción de gastos y prioriza inversiones

Publicado en fecha 26-01-2017
El Poder Ejecutivo, a través del Decreto 6715/2017, establece la reglamentación para la ejecución del Presupuesto General de la Nación del ejercicio fiscal 2017 de los Organismos y Entidades del Estado (OEE). Las reglas para este ejercicio fiscal siguen fortaleciendo los procesos de transparencia, racionalidad, control del gasto público y la simplificación de los procesos administrativos, implementados por este Gobierno desde su asunción.

En materia de racionalización del gasto, se mantiene la suspensión establecida por el Poder Ejecutivo en relación a las gratificaciones por cumplimiento de metas que fuera decidida en el 2016. Asimismo, se introducen medidas que fueron propuestas en el Congreso Nacional durante el estudio del PGN 2017, como ser los límites a los gastos de las entidades en concepto de servicios de catering y pagos por seguro médico. 

En este sentido, el anexo del presente Decreto delimita que en concepto de servicios de catering, no se podrá sobrepasar la suma de G. 500 millones anuales con cualquier fuente de financiamiento.

En cuanto a la contratación del servicio médico y odontológico privado, a través de empresas y entidades privadas o corporaciones nacionales, las instituciones no podrán adjudicar una suma mayor a G. 1.500.000 para cada funcionario en total. 

El anexo del Decreto Reglamentario también suspende el pago de las gratificaciones o premios al personal por servicios o labores realizadas, a mejor o mayor producción o resultados de la gestión administrativa y financiera u otros indicadores de gestión institucional.

Los gastos sociales son priorizados por el Gobierno, previéndose en el Decreto los procedimientos tendientes al mejoramiento de la ejecución, seguimiento y evaluación y gestión de información en el área social. Es así que son prioridades del Gobierno las metas orientadas a la protección y promoción social que apuntan a la reducción de la pobreza, con énfasis en pueblos indígenas. 

Las metas en los programas, subprogramas y proyectos institucionales para las prioridades de Gobierno en el área social, correspondientes al ejercicio fiscal 2017, serán acordadas con todas las instituciones del Gabinete Social y otras que se enmarquen en las prioridades del área social, y remitidas al Equipo Ejecutivo del Gabinete Social de la Presidencia de la República para su análisis. 

Se mantiene para este ejercicio la autorización que las entidades puedan realizar modificaciones a su presupuesto (transferencias de créditos presupuestarios dentro de un mismo programa, de los Tipos 1 y 2, con ciertas excepciones) las que serán aprobadas por Resolución institucional. Este procedimiento permite una mayor agilidad a las entidades para responder en tiempo a los requerimientos de la ciudadanía.

También se han establecido directrices para ajustar la ejecución de los proyectos de inversión, para reflejar las necesidades reales del ejercicio fiscal 2017. En ese sentido, además se ha dispuesto que las partidas presupuestarias cuya ejecución financiera haya culminado, no contarán con Plan Financiero.

Con esta reglamentación se cuenta con normas y procedimientos requeridos para el proceso de ejecución del Presupuesto 2017, en el marco de lo aprobado por la Ley N° 5554/2016, y conforme a las normativas que rigen el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), con la implementación del Plan Financiero vinculado a los procesos de contrataciones públicas, ejecución, modificaciones presupuestarias, control y evaluación del cumplimiento de los objetivos, metas y resultados esperados de los programas y proyectos del PGN 2017 y cierre del ejercicio fiscal. 

Además, las normas y procedimientos dentro del Sistema del Tesoro Público, necesarios para asumir compromisos conforme a la asignación del Plan de Caja; reglamentaciones en el Sistema de Crédito y Deuda Pública.