Bancos aclaran postura sobre el negocio de giros de dinero

Publicado en fecha 17-09-2021
Con relación a la aprobación de la Ley De los Servicios de Confianza, en referencia al art. 103 que establece un nivel de seguridad alto en la verificación de la identidad para transacciones financieras y otras operaciones electrónicas, la Asoban aclara:

Ambas versiones estudiadas de la Ley, establecen la necesidad de elevar el nivel de seguridad y fijar un estándar para la verificación de identidad en las personas en las transacciones financieras y operaciones electrónicas.

Los usuarios de estos servicios financieros de bancos, financieras, cooperativas y Empes (billeteras), van a seguir operando con la institución y el servicio de su elección como hasta ahora. No hay motivo alguno para que esto sea alterado.

Un nivel de seguridad alto de identificación electrónica como el que se aprobó no implica una carga operativa ni mayores costos para el usuario como se pretende instalar.

La verificación de identidad ocurre en el mundo digital y lo que va a aportar en beneficio del ciudadano es su mayor seguridad y la posibilidad, en un futuro, de poder acceder a las distintas plataformas y redes para comprar o pagar con el Medio de Pago de su elección.

Un nivel de seguridad alto en la verificación de la identidad para las operaciones financieras potenciaría la Inclusión Financiera antes que afectarla y es beneficioso para el ciudadano, bueno para el país y va a contribuir a reducir la delincuencia.

La Ley aprobada está basada en los más actuales y modernos estándares que permitirán un salto cuantitativo y cualitativo en los servicios digitales en Paraguay.