Se aprobaron 83 inversiones privadas por USD 165 millones

Publicado en fecha 21-10-2016
Desde enero hasta la fecha, unas 83 inversiones privadas, que ascienden a un total de 921.079.779.602 guaraníes (USD 165.431.322, aproximadamente), fueron aprobadas por el Ministerio de Hacienda bajo los beneficios y alcances de la Ley 60/90 “De Inversiones”. 

En este mes de octubre, los proyectos más representativos son una ampliación de la actividad existente (producción de huevos de gallinas y huevos pasteurizados), con un monto de inversión de G. 9.743.320.608; ampliación y modernización de la actividad existente (fabricación de productos plásticos y derivados), por G. 3.203.779.918; ampliación de la Resolución N°30 del 9-04-2015 (incorporación de bienes de capital para la planta industrial), por G. 924.499.284, entre otros.

Cabe destacar que para el Ministerio de Hacienda la promoción de las inversiones privadas bajo el amparo de la Ley 60/90 es de particular interés, de manera a apoyar manifiestamente el crecimiento y desarrollo del sector industrial y productivo, estimular a las empresas que apuestan por el trabajo y fomentar la formalización de la economía nacional. 

Los proyectos de inversión aprobados por esta Secretaría de Estado están orientados a ser ejecutados durante un período determinado, que en algunos casos incluso abarca hasta cinco años. 

En todos los casos, la promoción de las inversiones y el otorgamiento a las mismas de incentivos fiscales apuntan a la utilización de materias primas y recursos energéticos nacionales; la creación de fuentes de trabajo; el incremento en la producción de bienes y servicios; y la sustitución de importaciones, incorporación de tecnología moderna e incremento de la eficiencia en la producción. 

Para poder obtener el beneficio, las empresas deben iniciar sus trámites en la sede del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), presentando los requisitos formales, los cuales incluyen un proyecto de inversión que individualice la actividad a realizar, los representantes legales, montos de la inversión, cronograma y varios otros que hacen a la actividad a realizarse con esa inversión de capital.

La disposición normativa establece que el MIC será el organismo de verificación del uso y destino de los bienes de capital y de la ejecución de la inversión, y el Ministerio de Hacienda, a través de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), ejercerá el control de los aspectos tributarios.