No se puede cobrar una tasa de interés superior al 30,37% en el sistema financiero

Publicado en fecha 28-02-2023
El Banco Central del Paraguay (BCP) publicó el límite de la tasa de interés que se puede cobrar por los créditos en bancos, financieras y casas de crédito. El cálculo realizado arrojó como máximo cobrable un 30,37% y es el límite vigente para el mes de marzo, para los créditos en guaraníes, mientras que en dólares es de 11,07%.

Las tasas de interés superiores a este límite se pueden denunciar tanto en la Superintendencia de Bancos, como en la Secretaría de Defensa del Consumidor (Sedeco).

La publicación se realiza de conformidad al artículo 1º de la Ley Nº 2.339/03, a fin de que las personas físicas o jurídicas que actúan en el mercado financiero y de crédito, ya sea con recursos financieros propios o del público, cumplan con las disposiciones legales vigentes en materia de tasa usuraria.

La Superintendencia de Bancos habilitó un registro de las publicaciones mensuales, el cual está a disposición del Poder Judicial, y del público en general, en forma permanente.