Pensiones No Contributivas recuerda requisitos para tramitar expedientes

Publicado en fecha 07-02-2022
La Dirección de Pensiones No Contributivas dependiente del Ministerio de Hacienda, informa que está vigente la Resolución MH N° 134, de fecha 10 de marzo de 2016, sobre la guía de requisitos para tramites de expedientes en dicha dependencia.
De igual forma, manifiesta que, en toda gestión administrativa, debe ser mantenida la vigencia y aplicación de los principios jurídicos de legalidad, transparencia, publicidad, finalidad y control administrativo, por lo que las normas legales vigentes que se refieren a los requisitos establecen su carácter de obligatorio en su presentación.

Por consiguiente, todos los trámites deben ser realizados por los interesados y/o beneficiarios titulares en persona, salvo excepciones debidamente justificadas en las que el titular podrá extender una Carta Poder o Autorización para Trámites Administrativos ante la Dirección de Pensiones No Contributivas, debiendo esta ser certificada por Escribanía Pública o Juzgado de Paz de la Jurisdicción de su domicilio. Asimismo, se deberá acompañar el Certificado de Vida y Residencia vigente original o copia autenticada por Escribanía Pública y fotocopia de Cédula de Identidad Civil actualizada y autenticada del apoderado o autorizado.

En caso de que el titular de la solicitud se encuentre bajo un régimen de curatela la Sentencia Definitiva por el cual se declara al curador designado la misma suplirá la presentación de la carta poder o autorización, este documento deberá ir acompañado con la fotocopia de Cédula de Identidad Civil actualizada y autenticada del curador designado.