Gobierno reduce temporalmente el impuesto selectivo al consumo a varios productos

Publicado en fecha 12-04-2021
Atendiendo la coyuntura sanitaria y económica por la que sigue atravesando el país, y como parte del paquete de medidas impositivas implementadas en el marco de la pandemia, el Poder Ejecutivo por medio del Decreto N° 5089/2021 dispuso la modificación temporal a 7% y 8% de las tasas impositivas del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para determinados productos.

El mencionado Decreto modifica las tasas para cervezas y sidras con y sin alcohol, vinos de frutas, naturales o dulces, champagne y equivalentes, coñac, whisky, tequila, agua ardiente, ron, cocteles, vodka, gin, ginebra, pisco, cañas, y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior a 0,5% y 30% Vol. a 20° Celsius.

La medida estará vigente hasta el 30 de junio de 2021. Transcurrido dicho plazo, a partir del 1 de julio de 2021 se aplicarán nuevamente las tasas impositivas previstas en el artículo 9° del anexo al Decreto N° 3109/2019 para la importación y primera enajenación en el territorio nacional de los productos señalados.

Los interesados en consultar el Decreto N° 5089/2021 pueden acceder a la sección Normativas/Decretos/2021 de la página web de la Subsecretaria de Estado de Tributación (SET) (www.set.gov.py), disponible en el siguiente enlace: https://bit.ly/3fUz839.