Hasta 10 pasajeros viajarán parados en los buses y 5 en los minibuses

Publicado en fecha 30-03-2021
El Viceministerio de Transporte emitió  la Resolución GVMT Nº 40/2021, por la cual se modifican los artículos 3 y 4 de la Resolución GVMT Nº 38/2021, que establecen las frecuencias y el límite de pasajeros, respectivamente.

En ese sentido, el Servicio de Transporte público del área metropolitana, en el período comprendido desde el Lunes 29 de marzo hasta el domingo 4 de abril, funcionará con la siguiente frecuencia: ver cuadro principal

La Resolución también dispone, que quedará ampliado el límite de ascenso y transporte de pasajeros a la capacidad de asientos disponibles en la unidad y hasta 5 pasajeros parados en mini buses, y hasta 10 pasajeros parados en buses urbanos grandes, durante la vigencia de esta Resolución.

Además de estas disposiciones, continúan vigentes la obligatoriedad de uso de mascarillas por parte de conductores y pasajeros, así como la limpieza de todas las unidades al inicio y finalización de cada redondo realizado. Además, se recomienda a los permisionarios, la colocación y uso de dispensadores de alcohol en gel o similares en todas las unidades, para colaborar en la higiene de manos de pasajeros y conductores.

El incumplimiento de estas disposiciones, será considerado como falta gravísima y pasible de sanción, por parte del Viceministerio de Transporte.

Instamos a los usuarios a extremar las medidas de prevención a fin de disminuir el riesgo de contagio del coronavirus.

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