Unifican tasa máxima de interés de tarjetas en bancos y cooperativas

Publicado en fecha 28-12-2020
El Banco Central del Paraguay (BCP) y el Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), realizaron un cálculo unificado para aplicar los topes a las tasas de interés de las tarjetas de crédito. El nuevo promedio permite a los bancos cobrar una tasa más alta, a las cooperativas les reduce el máximo y se constituye en un beneficio para los primeros y un perjuicio para las entidades solidarias, aunque una buena noticia para los asociados. La tasa vigente para el mes de enero es del 14%.

La decisión fue tomada con base en un trabajo coordinado y exhaustivo para compatibilizar la estructura de datos conforme su naturaleza. Han resuelto efectuar el cálculo de la tasa de interés activa que puede ser aplicada por el uso de tarjetas de crédito sobre el promedio de las tasas pasivas, resultante del cómputo de las operaciones de bancos, empresas financieras y cooperativas.

Estas medidas fueron adoptadas en el marco de las reuniones celebradas por el Comité de Estabilidad Financiera, el cual, en la permanente búsqueda de consolidar un sector financiero sólido y sostenible, se encuentra abocado  —de forma permanente—  a impedir la convivencia de marcos regulatorios asimétricos que generen distorsiones en el mercado, además de coadyuvar a que el consumidor financiero obtenga servicios de manera práctica y accesible.

La Ley N° 5476/2015 “Que Establece Normas de Transparencia y Defensa al Usuario en la Utilización de Tarjetas de Crédito y Débito”, dispone en su Artículo 9:

“Los intereses aplicables por el uso de la tarjeta de crédito se sujetarán a lo establecido en las Leyes y regulaciones específicas que rigen la materia y no podrán exceder tres veces el promedio de las tasas pasivas promedio vigentes en el mercado”.

Las cooperativas de ahorro y crédito, al igual que las entidades financieras sujetas a la Ley N° 861/1996 y sus modificatorias, se encuentran legalmente habilitadas para captar ahorros del público y otorgar préstamos, bajo la modalidad de tarjetas de crédito, por lo que ambos sectores se encuentran sometidos a lo regulado en la Ley N° 5476/2015.