Se restablece el pago de multas por vencimiento de plazos de permanencia en el país

Publicado en fecha 02-11-2020
La Dirección General de Migraciones informa a la ciudadanía que a partir de este lunes, 2 de noviembre de 2020, entra en vigencia la Resolución DGM N° 506 por la cual se deja sin efecto la prórroga que había sido otorgada desde el mes de marzo a los documentos recepcionados y emitidos por la Institución, en atención a las restricciones migratorias dispuestas por el Gobierno Nacional en el contexto de la pandemia por COVID-19.

A partir del 2 de noviembre de 2020, los extranjeros no residentes/turistas que todavía se encuentren dentro del territorio nacional y cuyo plazo de permanencia en el país haya vencido deberán abonar la multa correspondiente (Gs. 253.050) al registrar su salida en el puesto de control migratorio fronterizo o aeroportuario, o bien, al acercarse a las oficinas de Migraciones para gestionar una radicación, si así correspondiere.

Asimismo, los ciudadanos extranjeros cuyas radicaciones temporarias o precarias hayan vencido deberán acercarse a la Dirección General de Migraciones para gestionar un nuevo carnet de residencia, abonar la multa correspondiente en caso de encontrarse en infracción y regularizar su situación migratoria en el país.

Esta disposición se establece en el marco de la apertura gradual de fronteras y aeropuertos, iniciada por nuestro país en el mes de octubre, razón por la cual se resuelve derogar el Artículo 5° de la Resolución DGM N° 130, de fecha 12/03/20.

Para más detalles sobre los requisitos de trámites de radicación, aranceles vigentes y multas migratorias establecidas por la Ley N° 978/96 y su reglamentación, pueden visitar el portal oficial de Migraciones Paraguay en la web: www.migraciones.gov.py