MIC habilita registro especial para empresas de gastronomía, turismo, eventos y entretenimientos

Publicado en fecha 28-09-2020
El Registro se trata de un procedimiento totalmente online, que permitirá catastrar y cuantificar empresas que se dedican a los sectores gastronomía, turismo, eventos y entretenimientos

El Ministerio de Industria y Comercio, habilitó el Registro Especial de empresas de los sectores gastronomía, turismo, eventos y entretenimientos, puesto a disposición a través de los gremios y la SENATUR, trabajo conjunto entre SENATUR, ANDE, Equipo Económico y el MIC.

El Registro se trata de un procedimiento totalmente online, que permitirá catastrar y cuantificar empresas que se dedican a los sectores gastronomía, turismo, eventos y entretenimientos. Se trabaja en conjunto con la SENATUR, ANDE y el Equipo Económico.

Se encuadra dentro de la Ley 6524/2020, “Que declara Estado de Emergencia ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud a causa del Covid-19 o Coronavirus y que establecen medidas administrativas, fiscales y financieras”, con el apoyo a los sectores de turismo, gastronómico, hotelero, entretenimiento y de eventos establece medidas especiales para estos rubros afectados por el cese de actividades durante la cuarentena sanitaria por el Covid-19.

Inscripción en línea
Es un proceso de inscripción en línea, el cual permitirá tomar los datos de cada solicitante, validarlos, contra los datos proporcionados por la Subsecretaria de Estado de Tributación (SET), beneficiadas por la SET, por los Decretos Nº 3881/2020 y 3967/2020.

Una vez validado estos datos, se procederá a complementar la información a través de datos obtenidos de las Bases de Datos de registros del MIC, de los registros del MTESS y de sistemas interconectados a la Ventanilla Única de Exportación del Ministerio de Industria y Comercio.

Se generará un registro con todos los datos anteriores, tomando como identificador principal el Registro Único del Contribuyente (R.U.C.)

Podrán inscribirse, también, aunque no estén registrados en la base de datos de la SET, siempre bajo Declaración Jurada.
Fuente: MIC