Buses al interior quedan suspendidos nuevamente por feriado largo

Publicado en fecha 11-05-2020
La APP Dinatranpy  ya tiene las opciones para brindarte datos sobre los servicios de corta distancia disponibles en todo el país, desde la comodidad del celular el usuario puede saber qué buses están habilitados para operar en su ciudad. Los colectivos del interior de corta distancia operarán hasta el miércoles 13 para reactivarse el 18 con  los de media y larga distancia, informó hoy el director nacional de la entidad, Juan José Vidal.

La APP cuenta con datos útiles como tarifa de pasaje, consulta de placa, denuncias, horarios e itinerarios y en este último ítem se especificó los de corta, media y larga distancia ante el reclamo de los usuarios que demandaban saber qué buses estaban afectados a los servicios de corta distancia liberados en el marco de la Cuarentena Inteligente, dijo el Director Nacional.

En cuanto a la cuarentena inteligente, los servicios de corta, media y larga distancia se restablecerán el lunes 18 de mayo. En este sentido, de lunes a viernes los buses operarán en un 50%, sábado 70% y los domingos suspendidos. La operatividad de los servicios de transporte público de pasajeros se realizará con estrictas medidas sanitarias; solo pasajeros sentados y con mascarilla obligatoria.

Igualmente la Dinatran coordina con los diferentes sectores la aplicación efectiva e inmediata del protocolo sanitario establecido en el anexo de la Resolución  N° 198/2020 que reglamenta la operatividad de la “Cuarentena Inteligente” decretada por el Gobierno Nacional.

En el marco de la Cuarentena Inteligente Dinatran dispuso el reinicio de las operaciones del transporte al interior de corta distancia en una primera etapa desde el lunes 4 de mayo pasado hasta el miércoles 13 de mayo, según la Resolución N° 198/2020.

Controles conjuntos
Las operadoras del servicio regular de autotransporte público de pasajeros están obligadas a prestar el servicio aplicando los estándares de seguridad en materia de salubridad según los criterios establecidos por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, como así también a los lineamientos del anexo I, de la resolución N° 198/2020; a transportar solo pasajeros sentados y a rechazar el transporte de usuarios que no utilicen tapabocas.

La Dirección General de Fiscalización de Transporte realizará la fiscalización y estricto control del fiel cumplimiento de lo establecido en la presente resolución de manera conjunta con el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, Ministerio del Interior y a la Dirección Nacional de Patrulla Caminera.

Se advierte a las  empresas que en caso de verificarse el incumplimiento a lo establecido en la presente resolución, se procederá a comunicar los hechos constatados ante el Ministerio Público, a los efectos de que ésta proceda a la investigación del incumplimiento y la consecuente aplicación de sanciones establecidas en el Código Sanitario y demás leyes penales complementarias.

Anexo I/ Resolución 198/20
Protocolo de restablecimiento del servicio del transporte público de pasajeros de corta,  media y larga distancia, circunscriptas a las competencias de la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran), durante la pandemia de virus “Covid-19”.

Protocolo de restablecimiento del servicio del transporte público de pasajeros de corta, media y larga distancia regulados por Dinatran.

Las empresas deberán:
Consideraciones generales

La Empresa deberá difundir en todas sus plataformas y puntos de ventas de pasajes todas las medidas de prevención sugeridas por el Ministerio de Salud.

Cada bus deberá contar con un exigente protocolo de limpieza en baños, cabinas, pasillos y asientos cada vez que entra y sale de las zonas de parque cerrado. Asimismo, se recomienda el uso de las alfombras desinfectantes.

Se advierte a las Empresas de Transporte Público de Pasajeros que, en caso de verificarse por parte de la Dinatran el incumplimiento de la Resol CD 198/20 se comunicará inmediatamente al Ministerio Público.

La empresa deberá intensificar los procesos de limpieza en boleterías y espacios donde se encuentre personal de la empresa en funciones.

Las empresas deberán capacitar al personal de conducción (conductor y tripulantes) sobre medidas preventivas y protocolo sanitario, para atender a cualquier pasajero que manifieste algún síntoma compatible con el Covid –19, y así tomar las medidas necesarias que garanticen su seguridad y bienestar.

Las empresas deberán -a través de sus medios comunicacionales- sugerir no viajar si los usuarios tienen síntomas compatibles con la enfermedad del Coronavirus (fiebre, tos, dolor de garganta y dificultad respiratoria), sin haber consultado previamente con un profesional de la salud. También si los usuarios se encuentran atravesando el período de cuarentena o si ha estado en contacto con casos confirmados o probables de Covid -19.

Se debe recordar aplicar antes, durante y después de cada viaje las medidas de prevención sugeridas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; lavarse bien las manos, portar alcohol en gel para utilizar durante el trayecto, y cubrirse nariz y boca con el pliegue del codo al toser o estornudar.

Cada empresa permisionaria deberá adecuar sus buses y servicios:
a)       Antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura de los conductores y si presenta fiebre o algún síntoma de la enfermedad provocada por el virus identificado como Covid -19 (conforme lo determina el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social), no deberá tomar servicio y deberá seguirse el protocolo para el personal enfermo.

b) En todas las unidades, sin perjuicio del diseño que tengan las mismas, deberá instalarse una aislación física que separe a los pasajeros de los conductores. Ésta, deberá ser de material transparente, de manera que no se vean afectadas las condiciones de visibilidad ni comprometer las condiciones de seguridad con que deben prestarse los servicios. Se instalará una señal de separación entre el chofer y el pasajero a 1,50 m. del habitáculo del conductor. Mientras dure la Cuarentena Inteligente, quedará anulada íntegramente la primera fila de asientos, debiendo sentarse los pasajeros con la debida distancia social, pudiendo el conductor manifestarlo cada vez que lo considere necesario.

c)       Fijar en el interior de los vehículos, de manera visible a todos los pasajeros, la cartelería que establezcan las autoridades competentes en la materia, destinada a proteger la salud de conductores y pasajeros.

d)       En las terminales, los choferes deberán realizar su descanso manteniendo la distancia de seguridad entre sus compañeros y no deberán compartir utensilios (ej: mate/tereré).

e)       Será obligatorio para todo el personal el uso de barbijos y para los pasajeros el uso de barbijos o tapabocas caseros.

f)       Mantener una limpieza permanente de la flota de buses, uso del acondicionador del aire a 25º grados centígrados;

g)       Proveer a sus conductores y tripulantes los productos sanitarios y equipo de protección personal (tapabocas o barbijo, guantes de látex, alcohol en gel, o alcohol líquido al 70 %).

h)       Los choferes deberán contar con un listado de los centros de salud que se encuentran en la zona de cobertura que realizan, para reportar cualquier caso sospecho o emergencia.

i)        Si algún pasajero presenta síntomas de fiebre y tos, deberá ser aislado en lo posible del resto de los pasajeros y mantener una distancia de seguridad de al menos 3 m. El chofer deberá comunicarse con el número 154, a los efectos de recibir las instrucciones respecto del pasajero enfermo y el resto de los pasajeros.

j)       Para los servicios de larga distancia, en caso que los operadores no hagan entrega de almohadas y cobertores desinfectados, deberá informar a los pasajeros en forma fehaciente, previa venta del pasaje, que tendrán que proveerse de esas comodidades.

k)       Contar con depósitos de productos desechables y de uso personal;

l)        Escalonar y cumplir los horarios de acuerdo a las resoluciones expedidas por la Dirección Nacional de Transporte;

m)      Los usuarios deberán usar -obligatoriamente- tapabocas (barbijos), al acceder al bus, en cuyo caso el chofer -o guarda si lo hubiere- tiene prohibido dar acceso a algún usuario sin las medidas de seguridad sanitarias referidas.

n)       Los choferes, conductores solo podrán alzar pasajeros hasta la capacidad de asientos de los buses, no podrán llevar pasajeros “parados o de pie”.

o)       Deberán colocar en los buses en múltiples lugares visibles las infografías oficiales y distribuirlas a través de los medios disponibles sobre el Covid -19. p) Dar a conocer a los choferes, conductores, tripulantes el teléfono de emergencia de la autoridad sanitaria (154).

 

Procedimientos preventivos en zona de parque cerrado de las empresas:

1. Al llegar a la zona de parque cerrado, todos los choferes y tripulantes, así como los trabajadores deberán adoptar las medidas de bioseguridad, estar con equipo de protección personal básico que incluye mascarilla y guantes puestos, y deberán disponer en todo momento de alcohol en gel o alcohol líquido al 70 %.

2. Cada empresa deberá realizar en zona de parque cerrado un control de salud preventivo a sus empleados, para lo cual se tomarán la temperatura con termómetro médico infrarrojo y se observará presencia de signos o de síntomas respiratorios.

3. En todo momento se deberán cumplir con las recomendaciones del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en cuanto al distanciamiento social, utilización de equipo de protección personal, lavado de manos, uso de alcohol en gel, etc.

4. El personal y/o funcionario encargado (gerente) del local procederá a facilitar una mascarilla en los casos que no traigan puesta los empleados a prestar el servicio.

 5. Cada zona de parque cerrado, deberá poseer lavatorios de manos adicionales independiente a los propios del local, en lugares visibles, con los líquidos desinfectantes (jabón, detergentes), con toallas descartables para el secado de manos, tachos de basura para el desecho, también se podrá optar por el secador de manos eléctrico o a aire.

6. En los casos que tengan que estar en contacto con alguna persona deberá mantener el distanciamiento social con todas las medidas de seguridad sanitaria.

7. Si durante la inspección o en las horas de trabajo, tanto los trabajadores, o las personas que aguardan la prestación del servicio presentan algún signo o síntoma que pueda suponer la presencia del Covid -19 deberá notificar inmediatamente al número 154 y quedarse aislados en el lugar en que se encuentre, guardando aislamiento.

Limpieza y desinfección de los buses:
-         En todos los buses se realizará la higiene y la desinfección en especial de la cabina, para la misma los propietarios o representantes tomarán los recaudos para la desinfección correspondiente.

 Manejo de residuos:

-         El manejo y retiro apropiado de residuos es exclusiva responsabilidad de la empresa permisionaria.