La ANDE abre sus puertas a partir de este lunes 11 de mayo

Publicado en fecha 11-05-2020
Considerando la reapertura de las oficinas de la ANDE(Sede Central, Ciudad del Este, Coronel Oviedo, Encarnación y Pedro Juan Caballero), a partir del lunes 11 de mayo, para cobro de facturas de energía eléctrica y la atención presencial para presentación de solicitudes de servicio, reclamos comerciales y fraccionamiento de deudas se informa que:

Los pagos pueden ser realizados sin la presentación de facturas, sólo con el número de NIS.

En el caso de fraccionamiento,la solicitud podrá ser realizada por el Titular del Contrato o persona autorizada por el mismo. En caso que el Titular de Contrato sea una Persona Jurídica, la solicitud deberá ser realizada o autorizada por el apoderado de la empresa.
En ambos casos, al momento del realizar el fraccionamiento, se deberá presentar la copia simple de la Cédula de Identidad del Titular/Apoderado; y en caso de autorizaciones agregar la copia simple de la Cedula de Identidad de la persona autorizada y la autorización correspondiente (Autorización para Fraccionamiento de Deuda de Energía Eléctrica) que puede ser descargada de la página web: https://www.ande.gov.py/solicitudes.php.

Asimismo, se recuerda lo establecido en el Decreto N° 3506, que reglamenta la Ley N° 6524/2020:
Los usuarios conectados en Baja Tensión y las MIPYMES independientemente del nivel de tensión y debidamente certificadas por el MIC, podrán diferir el pago de sus facturas emitidas en los meses de marzo, abril, mayo y junio al mes de julio de 2020 y podrán ser fraccionadas en hasta 18 cuotas sin recargos ni intereses.

Para todos aquellos usuarios que realicen pagos de facturas vencidas durante los meses de marzo, abril, mayo y junio, serán beneficiados con la exoneración del recargo por mora de las facturas abonadas.
 
Atendiendo a estas disposiciones, se aclara que para usuarios conectados en Baja Tensión y las MIPYMES independientemente del nivel de tensión y debidamente certificadas por el MIC, que posean facturas pendientes de pago anteriores al mes de marzo de 2020, podrán:

Realizar el pago de las facturas vencidas, con la exoneración de los recargos por mora de las facturas abonadas.

Fraccionar en cuotas, con exoneración de los recargos por mora, previo pago de una entrega inicial no inferior al 25% y el saldo en hasta 18 cuotas con intereses, a una tasa del 1,5% mensual.

Las facturas emitidas desde el mes de marzo hasta el mes de junio, podrán ser diferidas al mes de julio de 2020 y serán fraccionadas en 18 cuotas sin recargos ni intereses.
 
Asimismo, para los demás usuarios conectados en MediaTensión, a excepción del Grupo de Consumo Gubernamental, y que posean facturas pendientes de pago de cualquier mes, podrán:

Realizar el pago de las facturas vencidas, con la exoneración de los recargos por mora de las facturas abonadas.

Fraccionar en cuotas, con exoneración de los recargos por mora, previo pago de una entrega inicial no inferior al 25%, y el saldo en hasta 18 cuotas con intereses, a una tasa del 1,5% mensual.
 
Estas disposiciones tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2020, sin perjuicio de otras medidas que se puedan analizar, autorizar y adoptar posteriormente, las cuales serán comunicadas a través de los medios corporativos oficiales.