BCE presenta las políticas de dividendos de las entidades financieras

Publicado en fecha 22-01-2020
El Banco Central Europeo (BCE) dio a conocer, como cada inicio de ejercicio, las directrices que deberán seguir las políticas de dividendos de las entidades financieras. La institución que preside Christine Lagarde ha exigido al sector repartos de dividendos “prudentes”, por la complejidad del entorno económico, así como por las exigencias regulatorias que aún deben cumplir. La recomendación, trasladada por carta a las entidades, también se extiende a la retribución variable que los bancos paguen a sus directivos.

“Las entidades de crédito tienen que seguir preparándose para la aplicación íntegra y oportuna (de las exigencias de capital surgidas tras la crisis y de la implantación de la parte final de la reforma de Basilea) y para la expiración del periodo transitorio establecido para mitigar el impacto negativo en el capital de contabilizar las pérdidas crediticias esperadas conforme a la nueva norma contable IFRS 9, en un entorno macroeconómico y financiero difícil, que afecta la rentabilidad de las entidades de crédito y, consecuentemente, su capacidad para aumentar sus bases de capital.

Además, si bien las entidades de crédito tienen que financiar la economía, la política de reparto de dividendos conservadora es uno de los elementos necesarios para lograr una gestión adecuada del riesgo y un sistema bancario sólido”, señaló el BCE.

Tres categorías de bancos
Como en años anteriores, las recomendaciones del BCE, que se aplican a los dividendos que se abonen con cargo a los beneficios del 2019, establecen tres categorías de bancos.

1. Bancos que al 31 de diciembre del 2019 cumplen plenamente los requerimientos mínimos de solvencia y los que fija el BCE en función del perfil de riesgo, asumiendo la plena implantación de la reforma de Basilea. Deben pagar dividendos de modo “conservador” para seguir cumpliendo todos los requerimientos de capital, incluso en caso de deterioro de las condiciones económicas y financieras.

2. Entidades que aún no han alcanzado los ratios exigidos por la plena implantación de la reforma de Basilea. Pueden abonar dividendos de modo “conservador” en la medida en que los repartos previstos permitan alcanzar el listón en el plazo requerido.

3. Bancos que incumplen los requerimientos mínimos de capital. “No deben, en principio, repartir dividendos”.

Además de estas exigencias, el organismo señala que todas las entidades deben cumplir la “directriz de capital del pilar dos” (la petición de fondos propios que fija para cada banco de modo confidencial y sin obligación de comunicarla al mercado en función de su perfil de riesgo). Además, según el BCE, los bancos deben considerar “la posible repercusión en la exigencia de capital de las futuras modificaciones del régimen jurídico, regulatorio y contable de la unión”.

Pago de bonus
“La política de retribución variable de una entidad puede afectar notablemente a su base de capital (...) Por tanto, cuando determinen la remuneración variable, incluidos los mecanismos de ajuste y reintegro de remuneraciones, el BCE les recomienda aplicar medidas coherentes con una trayectoria conservadora hacia la plena implementación de los requisitos de capital”, dicta la carta remitida por el supervisor único.

Actualmente, Santander, BBVA, CaixaBank, Bankia, Sabadell y Bankinter destinan entre 30 y 60% de sus ganancias a retribuir a sus accionistas.