Casas de crédito se registran en BCP y serán controladas desde julio

Publicado en fecha 03-01-2020

Entre en vigencia la inclusión de las casas de crédito bajo el control del BCP, en cumplimiento de la Ley N° 861/96 “General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito, que hasta ahora no se venía aplicando a las mismas. Como sujetos regulados por la banca matriz, las casas de crédito ya no podrán aplicar tasas usurarias como las que vienen aplicando hasta el momento y sin control alguno.

La banca matriz tomó la decisión de incluir como sujetos de la referida ley, a las personas físicas o jurídicas que en forma habitual conceden préstamos dinerarios, otorgan financiación a través del descuento de cheques y/o de órdenes de compra u otras modalidades similares o que actúan en la administración de carteras de créditos, con recursos financieros propios o con financiamiento que no representan captación de depósitos de terceros.

El BCP dispuso la creación del “Registro de Otorgantes de Crédito Dinerario/Casas de Crédito”, el que estará a cargo de la Superintendencia de Bancos, en el cual deberán inscribirse, sin excepción, a partir del 1 de enero de 2020, todas las persona físicas o jurídicas incluidas como sujetos de la ley. La Superintendencia de Bancos reglamentará los requisitos para la inscripción de los sujetos otorgantes de crédito en dicho Registro.

Asimismo, la Resolución citada dispone que, a partir del 1 de julio del 2020, únicamente los sujetos otorgantes de crédito inscriptos en el “Registro de Otorgantes de Crédito Dinerario/Casas de Crédito” podrán ejercer en territorio paraguayo las actividades de concesión de préstamos dinerarios.