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Aranduka vence en julio de 2019
Publicado en fecha 12-02-2019
La SubsecretariÌa de Estado de TributacioÌn (SET), siempre al servicio de la ciudadaniÌa y a raiÌz de las reiteradas consultas realizadas por los contribuyentes, con posterioridad al comunicado emitido en relacioÌn al vencimiento para la presentacioÌn de los informes a traveÌs del Software Aranduka y la liquidacioÌn del Impuesto a la Renta Personal, ACLARA:
Que los vencimientos se mantienen inalterables, es decir no existe proÌrroga o aplazamiento de vencimientos del ARANDUKA y el formulario 104 – IRP.
Como medida se establecioÌ que las presentaciones tardiÌas del ARANDUKA no generen incumplimientos de ninguÌn tipo hasta el mes de julio de 2019. Por lo que, la presentacioÌn tardiÌa del libro de ingresos y egresos (ARANDUKA) no generaraÌ multas, ni impediraÌ que los contribuyentes obtengan el Certificado de Cumplimiento Tributario (CCT) o el timbrado correspondiente.
Con relacioÌn al formulario 104 del IRP, este se mantiene inalterable en cuanto a los vencimientos y cargos por presentacioÌn tardiÌa, tal como estaÌ calendarizado para el mes de marzo.