Tributación reglamentó la emisión de documentos electrónicos

Publicado en fecha 19-11-2018
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) reglamentó la emisión de documentos electrónicos contemplada en el plan piloto de implementación del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (SIFEN). Para el efecto, dio a conocer la Resolución General N° 05/2018, que establece la expedición de comprobantes electrónicos en nuestro país por las empresas designadas.

Mediante la citada disposición, la Administración Tributaria define las terminologías que se emplearán en la implementación de la facturación electrónica. Asimismo, autoriza, en esta etapa, la emisión de Comprobantes de Ventas Electrónicos: Factura Electrónica (FE) y Documentos Complementarios Electrónicos: Nota de Crédito Electrónica (NCE) y Nota de Débito Electrónica (NDE).

Con la RG N° 05/2018, se establecen, además, los requisitos que las empresas participantes del Plan Piloto deben cumplir para ser habilitados como Facturadores Electrónicos. Entre los más importantes, se pueden mencionar que deben contar con Certificado Digital de los Prestadores de Servicios de Certificación autorizados y adecuar sus sistemas informáticos a los requerimientos técnicos del SIFEN, etc.

Luego, deben solicitar la autorización y timbrado para los documentos electrónicos, a través del Sistema de Gestión Tributaria Marangatu, utilizando para el efecto su Clave de Acceso Confidencial de Usuario. Para realizar dicho trámite gratuito, deberán estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y contar con RUC Activo.

Es importante destacar que, en esta etapa del Plan Piloto, al igual que en la etapa de Adhesión Voluntaria al SIFEN, los Facturadores Electrónicos podrán realizar la facturación electrónica de manera parcial respecto de sus operaciones comerciales y podrán expedir y coexistir con la FE la facturación en modalidades preimpresos o autoimpresores.