USD 4 millones se invirtieron en proyectos privados

Publicado en fecha 08-03-2017
Al cierre de los dos primeros meses de este año, el Ministerio de Hacienda aprobó ocho proyectos de inversiones privadas, por un total de 24.221.294.313 guaraníes (USD 4.286.955, aproximadamente), bajo los beneficios y alcances de la Ley 60/90 “De Inversiones”.

Entre los proyectos más representativos se pueden mencionar la sustitución parcial de los bienes de capital (Resolución N° 50/15) producción de plásticos reciclados, con un monto de la inversión de G. 4.200.000.000; complementación y ampliación de la actividad existente (producción de gases industriales y medicinales), por G. 2.315.560.590; una nueva actividad para la producción de fertilizantes orgánico-minerales, con un monto de inversión de G. 11.636.501.258; nueva actividad consistente en emisión televisiva por cable en Internet, con una inversión vinculada al programa de G. 3.000.000.000, entre otros.

La promoción de las inversiones privadas bajo el amparo de la Ley 60/90 es de particular interés del Ministerio de Hacienda, de manera a apoyar manifiestamente el crecimiento y desarrollo del sector industrial y productivo, estimular a las empresas que apuestan por el trabajo y fomentar la formalización de la economía nacional.

Los proyectos de inversión aprobados por esta Secretaría de Estado están orientados a ser ejecutados durante un período determinado, que en algunos casos incluso abarca hasta cinco años.

En todos los casos, la promoción de las inversiones y el otorgamiento a las mismas de incentivos fiscales apuntan a la utilización de materias primas y recursos energéticos nacionales; la creación de fuentes de trabajo; el incremento en la producción de bienes y servicios; y la sustitución de importaciones, incorporación de tecnología moderna e incremento de la eficiencia en la producción.

Para poder obtener el beneficio, las empresas deben iniciar sus trámites en la sede del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), presentando los requisitos formales, los cuales incluyen un proyecto de inversión que individualice la actividad a realizar, los representantes legales, montos de la inversión, cronograma y varios otros que hacen a la actividad a realizarse con esa inversión de capital.

La disposición normativa establece que el MIC será el organismo de verificación del uso y destino de los bienes de capital y de la ejecución de la inversión, y el Ministerio de Hacienda, a través de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), ejercerá el control de los aspectos tributarios.