Hacienda y empresarios alcanzaron un acuerdo sobre el IRP

Publicado en fecha 03-03-2017
Tras varias semanas de intensas negociaciones sobre las modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta Personal, Empresarios y el Poder Ejecutivo llegaron a un acuerdo sobre varios puntos de la mencionada Ley. 

Algunos de estos aspectos que afectaban al sector empresarial corresponden a la implementación de la vigencia de pagos, que según acordaron se realizarán a partir del 2018, también anunciaron que se mantienen los formularios y las declaraciones.

“El Decreto Nº 6560/16 entrarán en vigencia a partir del 1/01/2017, salvo la deducibilidad de los préstamos contraídos antes de ser contribuyentes, que se amortizan o pagan en el ejercicio liquidado conforme a lo previsto en el Art. 33 del citado Decreto; además el Formulario 104/20016 (versión 2) será aplicable para liquidar el IRP del Ejercicio Fiscal 2016; la nueva versión del Formulario 104 será aplicable para liquidar el Ejercicio Fiscal 2017 y siguientes”

“En el nuevo decreto se precisará el concepto de “Puesta a disposición de fondos” por lo de “efectivamente percibido” en lo referente a la distribución de utilidades, dividendos y excedentes; en el nuevo decreto se incorporará el concepto de “ganancia de capital”, en sustitución de “ingresos totales” en lo referente a la venta ocasional de inmuebles, a la sesión de derechos y a la venta de títulos, acciones y cuotas de capital de sociedades; finalmente se incorporarán en el nuevo Decreto que la liquidación y el pago del IRP correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016, se hará en el mes de mayo/2017”.

El titular de la Unión Industrial Paraguaya y Feprinco, Ing. Eduardo Felippo mencionó que estos puntos fueron acordados durante las últimas reuniones y esperarán el Decreto correspondiente para el cumplimiento del mismo.